tag:blogger.com,1999:blog-1102150721058828873.post238776955831409114..comments2024-03-25T03:13:53.726-07:00Comments on La Mirada de Peitho: UNA OPORTUNIDAD PERDIDAManuel Atienzahttp://www.blogger.com/profile/07498726061042992680noreply@blogger.comBlogger20125tag:blogger.com,1999:blog-1102150721058828873.post-37825607808996831672013-11-17T15:10:59.110-08:002013-11-17T15:10:59.110-08:00Hola. Profesor lo felicito por este blog y le dejo...Hola. Profesor lo felicito por este blog y le dejo un link donde un profesor dominicano cuestiona su razonamiento. Creo que para todos sería muy provechoso que Ud. respondiera a dicha ráplica. Saludos. LINK: http://laverdad.com.do/index.php/principales-noticias-politicas/item/9155-rodr%C3%ADguez-atribuye-fallas-graves-al-an%C3%A1lisis-de-atienza-sobre-la-sentencia-del-tc#.UolMOdIz3uUUnknownhttps://www.blogger.com/profile/00659045462247892551noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1102150721058828873.post-36355750542007736482013-11-07T18:48:04.136-08:002013-11-07T18:48:04.136-08:00Muchísimas gracias, maestro.Muchísimas gracias, maestro.DLRDhttps://www.blogger.com/profile/17177850337825670554noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1102150721058828873.post-47271783494104318282013-11-07T16:59:03.379-08:002013-11-07T16:59:03.379-08:00Excelente!!!!Excelente!!!!Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/04492580703744504702noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1102150721058828873.post-66508432685916925282013-11-07T15:07:54.113-08:002013-11-07T15:07:54.113-08:00Profesor Atienza, sin duda que la claridad y contu...Profesor Atienza, sin duda que la claridad y contundencia de su análisis nos muestra una vez más lo infortunado de ese "fallo"; creo que su último párrafo de llamar la atención, más allá de los jueces, a todo servidor público.Manny Medinahttps://www.blogger.com/profile/04003912015644839591noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1102150721058828873.post-68576258232048615742013-11-07T13:37:24.886-08:002013-11-07T13:37:24.886-08:00Excelente razonamiento!Excelente razonamiento!Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/12201272354887935869noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1102150721058828873.post-21826682880602286202013-11-07T13:36:19.109-08:002013-11-07T13:36:19.109-08:00Excelente razonamiento
Excelente razonamiento<br />Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/12201272354887935869noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1102150721058828873.post-21724498263644485742013-11-07T09:51:01.793-08:002013-11-07T09:51:01.793-08:00Gracias Leo Benavides, por compartir ese conocimie...Gracias Leo Benavides, por compartir ese conocimiento y por ilustrarnos mejor acerca de la figura del autor de este artículo tan bien logrado. Considero un honor el hecho de poder leer este Articulo del honorable Manuel Atienza y aprecio el aporte que usted nos ha hecho al explicarnos la configuración del nombre del blog.innovajurisrdhttps://www.blogger.com/profile/14774157917444465250noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1102150721058828873.post-38626194208706208172013-11-07T09:22:08.079-08:002013-11-07T09:22:08.079-08:00También cabria mencionarle al profesor el ejemplo ...También cabria mencionarle al profesor el ejemplo de la legislación española con respecto a quienes son españoles de origen (interpretación española del Ius Soli) los españoles en sus reglamentos expresan que en el caso de los extranjeros, para ser español de origen hay que no solo nacer en España sino ser hijo de por lo menos un padre de origen extranjero que haya nacido en España. Esto quiere decir que un nacido en España, de padres extranjeros nacidos fuera de España, es considerado un extranjero y que solo sus descendientes tendrán derecho a la nacionalidad española. Creo compañero que esto es una restricción al Ius Soli y contesta tu anterior pregunta. Existen otros casos donde se restringe el Ius Soli, el caso de Alemania y el caso de Italia, sin embargo no observo que estos hayan sido objeto de tanta controversia como en el caso de la Decisión Constitucional 168-13 de la República Dominicana.Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/03810228300791630856noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1102150721058828873.post-73104967469528405732013-11-07T09:13:14.482-08:002013-11-07T09:13:14.482-08:00Excelente artículo, o podríamos decir que excelent...Excelente artículo, o podríamos decir que excelente hasta el punto en el que se realiza la comparación con lo que decía Inmanuel Kant al respecto de la dignidad humana, debemos interpretar que para Manuel Atienza, no deberían existir los visados de estudio o de trabajo? esto es, debido a que podríamos inferir que los mismos, al igual que el trabajo temporero de un agricultor, implican que la persona se convierta en un medio y no en un fin. Al momento de firmar un contrato con una empresa, el trabajador se compromete a cumplir una serie de requisitos exigidos por el empleador; entonces cual es la diferencia con el agricultor temporero, traído por medio de un acuerdo con un empleador, este tiene la facultad de decidir si quiere aceptar o no, nadie lo ha subido en una carabela y lo ha obligado a trabajar. Se puede acusar al empresario por las condiciones en las que se realiza el trabajo, se puede acusar al agricultor de aceptar trabajar en dichas condiciones y no exigir sus derechos laborales, se puede acusar al Estado por permitir que estos abusos pasen, pero en ningún momento se crean para el agricultor, derechos que le otorguen nacionalidad o residencia permanente, su dignidad se ha violado con respecto a su trabajo y no a su condición ciudadana puesto que no se le puede acreditar un derecho que nunca ha tenido y que nunca obtuvo. Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/03810228300791630856noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1102150721058828873.post-62948097966438955342013-11-07T08:00:36.780-08:002013-11-07T08:00:36.780-08:00Estimado profesor, reconozco la solidez de su argu...Estimado profesor, reconozco la solidez de su argumentos; sin embargo me pregunto ¿Pueden los estados desde la perspectiva de los derechos humanos restringir el Ius Soli ? Pienso que se puede deducir, a partir del razonamiento del profesor Atienza que no, toda vez que al cuestionar la justificación de la sentencia Núm. 168/2013 del TC, establece que “no se trata aquí de una cuestión formal, sino de que a alguien se le coloca o no en una situación de vulnerabilidad.”, obviando con ello que el país de origen de sus padres tiene una legación diplomática, en donde, igual como ocurre con los hijos de españoles, se pueden declarar como nacionales de ese país, lo que en modo alguno puede concluirse que los coloca en una situación, por ese hecho, “de vulnerabilidad “. De igual modo conviene preguntarse. ¿Qué pasará con los hijos de extranjeros irregulares que nazcan con posterioridad a la Constitución del 2010 y que no sean declarados, crezcan y se desarrollen en la República Dominicana y no conozcan el país de origen de sus padres? Pudiera adelantar que conforme a esa misma línea argumentar tendrían que ser dominicanos. En cierto modo el Ius Soli no entra dentro de dominio reservado a los Estados, aunque exista un aparente reconocimiento del mismo en el derecho internacional.Jose Reynaldo Ferreira Jimenohttps://www.blogger.com/profile/01511568230176834973noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1102150721058828873.post-35290365413819663712013-11-07T07:51:07.334-08:002013-11-07T07:51:07.334-08:00Estimado Profesor, si duda es un excelente artícul...Estimado Profesor, si duda es un excelente artículo sobre tan cuestionada sentencia. "Curiosa" participación de nuestros compañeros Ildefonso y Lino en su elaboración.<br /><br />Ahora bien, me permito hacer esta pequeña introducción a su blog, para una mejor comprensión de quienes lo visitan:<br /><br />Para entender el nombre del blog de Manuel Atienza veamos lo que él dice al respecto en su último libro: “… Peitho es el nombre de una deidad griega de genealogía algo dudosa y que representó en Atenas, a partir del siglo V a.C., la persuasión racional: en la dimensión erótica y en la política. Al parecer, la palabra se utilizó tanto para designar a una diosa (que formaba parte del séquito de Afrodita) como para personificar a una serie de virtudes cívicas (la capacidad de persuasión, la confianza, el acuerdo…) necesarias para que las instituciones democráticas –una vida civilizada– pudieran progresar. Me encontré por primera vez con la diosa leyendo el extraordinario libro de I. F. Stone El juicio de Sócrates y se me ocurrió que «La mirada de Peitho» podía ser una manera literaria de referirse al giro argumentativo que caracteriza a la filosofía del Derecho de las últimas décadas y que, a fin de cuentas, consiste en contemplar el Derecho, el conjunto de los fenómenos jurídicos, desde el punto de vista argumentativo, de la persuasión racional” (Curso de Argumentación Jurídica, Editorial Trotta, España, 2013, p. 11).<br />Ahora bien, es posible advertir que nuestro querido Manolo quiso que el libro en mención se llamara La Mirada de Peitho, pero, en virtud de ciertas razones de peso, se dejo persuadir para desistir de tal intención, limitándose a denominar así a la Presentación del Curso de Argumentación Jurídica, como maniobra para conservar algo de su pretensión inicial –“tratando de minimizar su derrota”–. En ese sentido, teniendo en cuenta que decidió que su blog se llamara justamente La Mirada de Peitho, es posible afirmar que finalmente resultó victorioso, pues a través del mismo podrá “… contemplar el Derecho, el conjunto de los fenómenos jurídicos, desde el punto de vista argumentativo, de la persuasión racional”, con el plus de poder transmitir el resultado de sus contemplaciones globalmente –quizá, obteniendo un alcance mayor al que puede obtener con el libro–.<br /><br />Saludos cordiales de su alumno salvadoreño ;).Leo Benavides Salamancahttps://www.blogger.com/profile/01295147852067035486noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1102150721058828873.post-17872613037933581672013-11-07T07:08:32.824-08:002013-11-07T07:08:32.824-08:00DESDE LUEGO, TIENEN MI AUTORIZACIÓN
DESDE LUEGO, TIENEN MI AUTORIZACIÓN<br />Manuel Atienzahttps://www.blogger.com/profile/07498726061042992680noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1102150721058828873.post-80117554270186390652013-11-07T04:25:22.134-08:002013-11-07T04:25:22.134-08:00Distinguido Señor Atienza;
El blog Desde La Repúbl...Distinguido Señor Atienza;<br />El blog Desde La República Dominicana le solicita permiso para reproducir su excelente artículo. Nuestra dirección en la W.W.W. es: http://desdelarepublicadominicana.blogspot.com/DLRDhttps://www.blogger.com/profile/17177850337825670554noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1102150721058828873.post-53872827861137126272013-11-06T17:34:34.199-08:002013-11-06T17:34:34.199-08:00Sr. Atienza: agradeceríamos enormemene que hicier...Sr. Atienza: agradeceríamos enormemene que hiciera lo posible por hacer que este artículo sea publicado en un periódico (e.g, El País).<br /><br />Saludos desde República Dominicana.David Morillohttps://www.blogger.com/profile/07670785038994032063noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1102150721058828873.post-18671896514467195542013-11-06T17:15:06.059-08:002013-11-06T17:15:06.059-08:00muy bueno el articulo,señorita o señora cristina ...muy bueno el articulo,señorita o señora cristina eso lo sé,pero vivo 15 años fuera de república dominicana, no he pasado por esa situación gracias a DIOS, pero que pasará con los dominicanos que no son descendientes de haitianos,pero que no estaban declarado hasta hace poco y no hablo de persona que viven en campos solamente,porqué estudié en la capital y los de al lado no iban a la escuela porqué no estaban declarado,porqué su madre,no estaba declarada,porque su padres no se interesó,etc...pero politicos arreglaron ese asunto para que puedan votar ,estos dominicanos ¿por el color de su piel los distinguiran?porqué lamentablemente no terminaron un bachiller.existe una DESINFORMACIÓN increible,estudiaba leyes aqui en europa pero no logro comprender.muchas gracias.belkis piña mateohttps://www.blogger.com/profile/08232966018041962351noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1102150721058828873.post-62402181502642614082013-11-06T16:49:12.176-08:002013-11-06T16:49:12.176-08:00Magnífico artículo.Magnífico artículo.Sergio Méndez Silvahttps://www.blogger.com/profile/06170389487383751232noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1102150721058828873.post-87981515864345496822013-11-06T16:36:15.152-08:002013-11-06T16:36:15.152-08:00Profesor Manuel Atienza, bienvenido a este espacio...Profesor Manuel Atienza, bienvenido a este espacio virtual. Espléndido análisis de la sentencia del TC de República Dominicana. En esa línea, cobra aplicación el tema de las virtudes judiciales, i. e., las virtudes que todo juzgador de excelencia debe poseer. En el caso, parece que la mayoría de los integrantes del TC carecen de virtudes judiciales, como la justicia, la valentía, la frónesis y la heroicidad, según se desprende de su comentario crítico. <br />Javier Ortiz <br />TEPJF de MéxicoAnonymoushttps://www.blogger.com/profile/08899384001061124512noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1102150721058828873.post-17515699328228045932013-11-06T16:26:25.647-08:002013-11-06T16:26:25.647-08:00belkis, es verdad los extranjeros en mi pais (repu...belkis, es verdad los extranjeros en mi pais (republica dominicana) hacen lo que quieren, los extranjeros y los nacionales tambien, otra cosa, le informo que los haitianos causan este revuelo porque son un negocio aqui en mi pais, porque los tienen trabajando como esclavos del siglo XXI, es un negocio tanto para las autoridades haitianas como para la clase pudiente dominicana, todos esos edificios y hoteles de lujo aberrante, los han construido los hermanos haitianos, ellos a parte de su trabajo han puesto su sudor y lagrimas porque los poderosos lo ponen a trabajar de dia y a dormir como perros en la misma construccion de noche, en dicha construccion no tienen camas, y cocinan una vez al dia en un fogon hecho de 3 blocks, los poderosos constructores no pagan seguridad social por ellos y cuando se enferman lo dejan tirado en los almacenes de enfermos que son los hospitales dominicanos ( QUE LOS DOMINICANOS SOMOS POBRES TAMBIEN), y cuando estan viejos se tienen que tirar a las calles a pedir, igual pasa en las fincas de los grandes terratenientes, viven alli como animales domesticos mas, le informo ademas señorita Belkis que ahora estan diciendo que a los hermanos haitianos que no le rconocen los documentos los quitaran por tanto del padron electoral y ha salido un partido reivindicando esos votos, desde ese dia, decidi salirme de la trampa de la setenciaAnonymoushttps://www.blogger.com/profile/08420753528864990094noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1102150721058828873.post-71358091236731180262013-11-06T13:22:00.153-08:002013-11-06T13:22:00.153-08:00¿desde cuándo existen leyes migratorias en repúbli...¿desde cuándo existen leyes migratorias en república dominicana, o sea,que se le otorgue residencia a ciudadanos extranjeros?porqué si desde esa fecha ,(1930) ,los ciudadanos extranjeros pueden optar por tener una residencia luego una ciudadanía de forma legal.lamentablemente nunca escuche algo así,conozco europeos que me dicen en tu país hago lo que quiero.y me disculpa es para poder entender el fallo constitucional si es sólo para descendientes de haitianos o es para otros extranjeros tambíen.muchas gracias.<br /><br />belkis ed.piña mateobelkis piña mateohttps://www.blogger.com/profile/08232966018041962351noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1102150721058828873.post-71952307261269783662013-11-06T12:04:59.483-08:002013-11-06T12:04:59.483-08:00Excelente artículo, apreciado maestro. Un lamentab...Excelente artículo, apreciado maestro. Un lamentable honor que inicie su blog comentando tan funesta sentencia. Pero nos hace un gran favor a los que luchamos por un verdadero Estado Constitucional y por una patria más justa e igualitaria. Me he permitido compartir su comentario a mis seguidores en Twitter y Facebbok. Y espero que no le moleste si lo reproduzco en Logocracia, mi blog personal. Un cordial saludo, de su alumno <br /><br />Ricardo Rojas LeónRicardo Rojas Leónhttps://www.blogger.com/profile/05845213371481962426noreply@blogger.com